Thursday, October 18, 2012


FUNDAMENTACIÓN RACIONAL
•  La fundamentación racional supone una validez general indiscutible y consistente, en el sentido de no estar subordinada a ningún presupuesto ajeno al contexto de racionalidad dentro del que ella misma se desarrolla. Validez absoluta.
•  Intenta encontrar unas raíces filosóficas y espirituales, unos
axiomas o principios comúnmente aceptados y que
queden fuera de la discusión de la que forman parte como
punto de partida.
FUNDAMENTACIÓN IUSNATURALISTA
•  Defiende la existencia de una  naturaleza común a todos
los seres humanos, de la que emanaría un derecho aplicable y
exigible a todos ellos, el  derecho natural,  constituido por
una serie de  principios universales e inmutables que
conformarían la noción de justicia.
FUNDAMENTACIÓN POSITIVISTA
Los individuos son titulares de derechos fundamentales en tanto en cuanto el ordenamiento
jurídico del Estado del que son ciudadanos se los
ha reconocido, ya que no hay más derechos
que los reconocidos en las leyes.
FUNDAMENTACIÓN PACTISTA
•  Los individuos poseen unos  derechos
primarios que radican en su propia
naturaleza y que tienen  carácter pre
-social, pero tales derechos sólo pueden ser disfrutados dentro de la
organización política que los individuos se den así mismos mediante el
acuerdo fundacional del que surge la
sociedad.
•  El especial rigor de los derechos básicos de los individuos procede de las
condiciones y principios conforme a los
cuales se llega al acuerdo fundacional
del que surge la organización social.
FUNDAMENTACIÓN HUMANISTA
•  Presentan a los DDHH como prerrogativas que le son debidas a
los hombres dentro de la sociedad en razón de su propia importancia y dignidad.
•  Ponen la dignidad personal  de
los hombres como punto de anclaje y referencia última de los
DDHH.
.
•  Para que la dignidad sea la base
de los DDHH esta debe de tener
un valor intrínseco, independiente del grado de virtud

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