Thursday, October 18, 2012


Diferentes posturas en relación a su justificación y fundamentación:
•  Es innecesaria desde el momento en que existe un cierto consenso internacional a cerca de la validez de los derechos humanos, representado por la Declaración Universal de los derechos humanos de 1948.
•  Es necesario justificar los DDHH por tres motivos:
  - propia lógica, mal se puede defender algo que carece de fundamento.
  - La teoría y la práctica de los derechos humanos han de ir conectadas
  -Su violación constante  deja de manifiesto la ausencia de convicciones compartidas para alcanzar un acuerdo internacional o
  consenso social
DIVERSAS TEORÍAS JUSTIFICADORAS DE LOS DDHH
Tienen en común la universalidad basada principalmente en el principio de la dignidad humana: valor intrínseco de cada ser humano con
respecto al resto de lo creado. Estas teorías no son excluyentes sino complementarias.
TEORÍAS OBJETIVISTAS
Se basan en la existencia de un orden de valores, reglas o principios que poseen una validez
objetiva absoluta y universal.
•  La dignidad objetiva del ser humano,
común a todos los hombres sin excepción.
•  La existencia de unos supuestos valores
previos a la existencia del hombre.
•  La existencia de una teoría de las necesidades humanas.
•  Las exigencias de carácter ético que ser-
ían comunes a toda la humanidad.
TEORÍAS SUBJETIVISTAS
•  Tratan de fundamentar los derechos
individuales por encima de todo.
•  Para estas teorías lo más importante
es el orden natural y destaca principalmente el principio de la libertad
•  KARL POPPER: Al final del proceso y
en la cúspide del mismo debería estar
el principio de libertad.
•  NOZICK:
 - Los DDHH derivan del hecho de ser
 persona con autonomía moral, capaz
 de decidir por sí mismo y elegir.
 - Cada sujeto da a su vida el sentido
 que quiere, siendo ilegítimas las inje
 rencias ajenas.
 - Estos derechos constituyen límites
 absolutos para el Estado.
TEORÍAS INTERSUBJETIVISTAS Según
estas teorías la humanidad comparte unos
valores comunes. El reconocimiento de
esos valores no proviene de un reconocimiento de algo como valioso en sí mismo,
sino de haberle otorgado por el sujeto un
valor.
HABERMAS: para él los DDHH constituyen unas exigencias que deben reconocerse mutuamente los ciudadanos y que preexisten al propio ordenamiento jurídico positivo

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